Arraigo familiar
Esta base para el arraigo fue separada en un tipo independiente después de la introducción del nuevo reglamento en mayo de 2025. No requiere un período mínimo de permanencia en España de 2 años y concierne únicamente a un círculo determinado de vínculos familiares sin confirmación de medios económicos.
A quién se dirige
Padres o tutores de un menor ciudadano de países de la UE, EEE o Suiza, que resida en España
Miembros de la familia que cuiden de un familiar con discapacidad — ciudadano de países de la UE, EEE o Suiza
Requisitos principales
residir conjuntamente en España y proporcionar la tutela parental (en caso de hijos) o el cuidado del familiar (en caso de familiar con discapacidad)
Lista de documentos necesarios
Solicitud EX-10 cumplimentada y firmada
Copia de todas las páginas del pasaporte vigente (u otro documento que acredite la identidad)
Certificado de antecedentes penales, expedido por las autoridades del país o países en los que haya residido durante 5 años antes de su entrada en España
Documentos que acrediten la residencia conjunta con el hijo o familiar con discapacidad
Recibo Modelo 790 052 y justificante de pago de la tasa
Para padres/tutores de menor:
certificado de nacimiento del hijo, que acredite su nacionalidad y vínculos familiares o documento legalmente formalizado sobre la tutela del menor
Para la persona que proporciona cuidados al familiar con discapacidad:
documento de identidad del ciudadano de otro Estado miembro de la UE, EEE o Suiza
documentos que acrediten la discapacidad de la persona o la necesidad de medidas de apoyo
La lista final de documentos puede variar según la provincia donde se realice la presentación




