Legalización extraordinaria de extranjeros en España
En 2026, España lanzó uno de los programas de legalización de extranjeros más grandes de los últimos años. La base para ello fue el real decreto Real Decreto-Ley 316/2026, aprobado por el gobierno el 14 de abril de 2026. El nuevo programa representa una regularización extraordinaria (a menudo llamada "amnistía" o "legalización masiva") y está diseñado para cientos de miles de personas que se encuentran en España sin estatus o con procedimientos de protección incompletos.
Quién puede optar a este tipo de residencia
Extranjeros que solicitaron protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026 y cuya solicitud aún no ha sido resuelta en el momento de la presentación
Extranjeros en situación irregular que entraron en España antes del 1 de enero de 2026 y se encuentran en el país en el momento de presentar la solicitud
Ventajas del programa
Derecho temporal a trabajar desde el momento de recibir la notificación del inicio del examen del caso.
Importante: el empleador no está obligado a pagar cotizaciones a la seguridad social hasta el momento de obtener el permiso; se calculan desde el momento de la legalización. Esto elimina la barrera para los empleadores.
Posibilidad de renovar el permiso actual por 1 año y modificarlo a otra residencia con derecho a trabajar inmediatamente por 4 años (cumpliendo ciertas condiciones).
Posibilidad de presentación conjunta con miembros de la familia siempre que convivan con:
hijos (menores de edad o mayores de edad con discapacidad)
padres del solicitante principal
Anulación de la expulsión: la aprobación de esta residencia conlleva el cierre automático de los expedientes actuales de deportación o expulsión por motivo de estancia irregular.
Normas simplificadas para otros tipos de arraigo
Si ya presentó una solicitud de residencia por otro motivo de arraigo en el período comprendido entre el 20 de mayo de 2025 y el 15 de abril de 2026 inclusive, no es necesario presentar documentos por separado para el Arraigo Extraordinario.
Su solicitud actual será examinada en el flujo general de casos de regularización extraordinaria, siempre que cumpla con los requisitos principales del programa:
entró en España antes del 1 de enero de 2026
permaneció en España al menos 5 meses
confirmó la ausencia de antecedentes penales
Requisitos clave para la residencia Arraigo Extraordinario
Ser mayor de edad y encontrarse en España en el momento de la solicitud
Entrada a España antes del 1 de enero de 2026
Residencia continua en España de al menos 5 meses en el momento de presentar la solicitud
No tener antecedentes penales en España, en el país de nacionalidad o de residencia anterior durante los 5 años previos a la entrada en España
No tener prohibición de entrada en la zona Schengen
No tener otro permiso de residencia en España, incluida la protección temporal para ucranianos
No tener ninguna solicitud de concesión de residencia en trámite
Los niños en edad escolar (6-16 años) deben estar escolarizados en un colegio español
Para solicitantes de protección internacional — presentación de la solicitud antes del 1 de enero de 2026 y encontrarse en situación de tramitación del expediente
Para solicitantes en situación irregular — es necesario cumplir al menos una de las condiciones:
actividad laboral: ha trabajado anteriormente en España (situación de alta en el sistema de seguridad social — por cuenta ajena o como autónomo), tiene un contrato vigente o planea trabajar por cuenta propia
vínculos familiares: convive con hijos menores de edad, hijos adultos con discapacidad o progenitores
situación de vulnerabilidad, acreditada mediante informe especial de servicios sociales o de ONG acreditada (factores: soledad social, víctimas de violencia y discriminación, pobreza extrema, explotación laboral, riesgos psicosociales, etc.)
Lista de documentos para la solicitud
Los requisitos mencionados anteriormente deben cumplirse por todos los solicitantes, sin embargo la lista de documentos necesarios difiere para las personas que tienen el estatus de solicitante de asilo (DA 20) y para todas las demás categorías de solicitantes que se encuentren en el momento de la solicitud en situación irregular (DA 20)
Procedimiento de presentación de solicitud
Plazos y formas de presentación
desde el 16 de abril — en línea a través de la plataforma Mercurio (solo con Certificado digital, Cl@ve no es válido)
desde el 20 de abril — presencialmente o a través de representante en oficinas especialmente designadas de Correos, Seguridad Social, Oficinas de Extranjería con cita previa (seleccione la sección REGULARIZACIÓN, se puede con Cl@ve)
30 de junio de 2026 — finalización del plazo de presentación de solicitudes del programa de regularización extraordinaria.
Plazo de resolución
Tras la presentación de la solicitud, la administración está obligada a:
Emitir el «provisional» — confirmación temporal de presentación — en un plazo de 15 días
Tomar una decisión sobre la solicitud en un plazo de 3 meses
Si transcurrido este tiempo no se notifica la resolución, la solicitud se considera desestimada (silencio administrativo negativo).
Duración de la autorización
La autorización se concede por un plazo de 1 año para solicitantes adultos y por un plazo de 5 años para menores.
Después de recibir la decisión positiva sobre la concesión del derecho de residencia y trabajo en España, es necesario:
— en un plazo de 30 días presentar los documentos para obtener la tarjeta de extranjero (TIE)
— renunciar a la protección internacional (solo para solicitantes que presentaron el formulario EX-31)
Renovación del permiso
El permiso actual se puede renovar por 1 año más manteniendo el derecho a trabajar.
Condiciones de renovación: el solicitante se registra como desempleado en la oficina de empleo, obtiene acceso a programas de empleo y se encuentra en búsqueda activa de trabajo.
Plazo de renovación: 2 meses antes del vencimiento del permiso actual o dentro de los 3 meses posteriores.
Modificación del permiso
El permiso actual se puede modificar a otro tipo de residencia con derecho a trabajar en España con una duración de 4 años. Es la residencia de larga duración estándar en perspectiva.
Condiciones de modificación: el solicitante debe haber trabajado un mínimo de 3 meses durante el período de vigencia del permiso actual y encontrarse en situación laboral activa (con contrato de trabajo o como autónomo) en el momento de presentar la solicitud de modificación.
Plazo de renovación: 2 meses antes del vencimiento del permiso actual o dentro de los 3 meses posteriores.



